La distribución «equitativa» de la renta petrolera es un comodín de la oposición venezolana en cada elección presidencial (Foto: Archivo)
Once claves para entender las exoneraciones de hidrocarburos en Venezuela.
Tras las decisiones por parte del gobierno venezolano de exoneraciones propiciadas en el primer cuatrimestre del año dirigidas hacia los hidrocarburos, a estas alturas deben estar ayudando en algo al país.
La Gaceta Oficial # 43.111 de fecha 21/4/2025 publicó el decreto 5.122, el cual reformaba el decreto 4.944 del 24/4/2024, en el que promulgaba aranceles de aduanas. Venezuela decreta exoneraciones de arancel e IVA para importaciones del sector hidrocarburos
En las nuevas medidas se incorporó el subcapítulo V, el cual consiste en abrirse hacia mercancías para el desarrollo de la industria de hidrocarburos.
Este se enfocará en otorgar clasificación arancelaria y autorizar importación de mercancías bajo el Régimen de Mercancías para el Desarrollo de la Industria de Hidrocarburos. Sustentando su crecimiento y desarrollo sostenible.
Serán beneficiadas aquellas firmas y empresas que con anterioridad hubieran recibido el Certificado de exoneración bajo régimen de mercancías para el desarrollo de la industria de hidrocarburos, previamente otorgado por la Comisión presidencial del comité de comercio exterior –COMEX–.
La exoneración tanto en IVA como en tarifa ad valorem de importación será totalmente exonerada.
Estas son las categorías que se verán beneficiadas por las nuevas disposiciones:
Minerales: sal, azufre, tierras y piedras, yesos, cal y cemento.
Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas y ceras minerales. Productos químicos inorgánicos, compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, elementos radioactivos, metales de tierras raras e isótopos. Productos químicos orgánicos
Agentes de superficie orgánicos; preparaciones lubricantes (excepto las que contengan una proporción de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso); ceras artificiales y preparadas.
Productos diversos de las industrias químicas. Plásticos y sus manufacturas.
Prendas y complementos (accesorios) de vestir; los demás artículos textiles confeccionados: calzado, sombreros y demás tocados.
Manufacturas de fundición, hierro o acero. Herramientas y útiles de metal común; tubos flexibles de metal común incluso con sus accesorios.
Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas y aparatos.
Máquinas, aparatos y material eléctrico con sus partes.
Material de transporte
Instrumentos y aparatos de medida, control o precisión; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.
Estas son algunas de las categorías que se verán beneficiadas por las nuevas disposiciones.
Hasta más pronto…