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PERIODISMO PROPOSITIVO DE PAZ

Gustavo Petro crea la primera Jurisdicción Agraria de su historia: un giro de 180° en la justicia para el campesinado

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PorREDACCION AlCarajo.org

Mar 28, 2026

El presidente Gustavo Petro sancionó en Córdoba la Ley Estatutaria que retira los conflictos de tierras de los tribunales civiles urbanos para crear jueces especializados en el campo. Este mecanismo, nacido del Acuerdo de Paz de 2016, busca resolver por la vía legal una de las causas estructurales del conflicto armado: la propiedad de la tierra.

En un movimiento sin precedentes para el derecho agrario en América Latina, Colombia ha dado el paso definitivo para separar la justicia de tierras de la justicia ordinaria. Este viernes 27 de marzo de 2026, el Gobierno Nacional sancionó la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Agraria y Rural, un marco legal que promete transformar la relación del Estado con los 12 millones de campesinos del país.

Lo novedoso de esta ley no es solo la creación de nuevos tribunales, sino el cambio de paradigma judicial: la carga de la prueba ya no recaerá exclusivamente sobre el campesino vulnerable.

Colombia posee uno de los índices de concentración de tierra más altos del mundo (coeficiente Gini de tierras superior al 0.8). Durante un siglo, los conflictos rurales fueron resueltos por jueces civiles en las capitales, quienes aplicaban códigos napoleónicos que priorizaban el título de propiedad formal sobre la posesión histórica y el trabajo de la tierra.

La nueva Jurisdicción Agraria introduce tres ejes que rompen con esa tradición:

Los jueces tienen ahora la obligación de desplazarse al territorio. No se sentencian predios desde un escritorio a 500 kilómetros de distancia; se sentencian tras pisar el surco y hablar con la comunidad.

La ley establece que, en caso de duda, el juez debe considerar la desventaja histórica del campesino frente al gran terrateniente o la agroindustria.

Los fallos judiciales ya no solo mirarán quién es el dueño, sino si la tierra está cumpliendo su función social y ecológica, alineándose con las metas de lucha contra el cambio climático.

La firma se produjo en Cereté (departamento de Córdoba), una región que simboliza la paradoja agraria colombiana: tierras inmensamente fértiles en manos de pocos, mientras miles de familias viven en zonas inundables.

«Esta ley es para que el campesino no tenga que empuñar un fusil para defender su parcela, sino que pueda empuñar un código ante un juez que lo entienda», afirmó el presidente Petro durante el acto.

En paralelo a la sanción, el gobierno entregó 3.600 hectáreas a familias víctimas de la violencia y damnificadas por la crisis climática. Se trata de tierras que antes estaban en manos de estructuras paramilitares o que habían sido adquiridas ilegalmente, y que ahora pasan a manos de asociaciones campesinas para la producción de alimentos.

El desafío

Se requiere la creación de más de 50 juzgados especializados y salas agrarias en el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia.

El presupuesto estimado para poner en marcha esta maquinaria judicial supera los $2.5 billones de pesos (aprox. 630 millones de dólares). El éxito de esta ley será el termómetro definitivo para medir si Colombia puede transitar hacia una paz estable o si la tierra seguirá siendo el combustible de su guerra interna.

¿Cómo funcionará la nueva maquinaria judicial agraria en Colombia?

Tras la sanción de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Agraria, la gran pregunta en las veredas y corregimientos es: ¿Cómo paso de la teoría a la recuperación de mi tierra? Aquí desglosamos los engranajes técnicos de esta reforma y su choque con el modelo de inversión tradicional.

La nueva ley crea una ruta única:

Jueces Agrarios de Circuito: Serán la primera línea. Estarán ubicados en las zonas de mayor conflicto de tierras (como el Catatumbo, el Urabá o la Altillanura).

Defensoría Agraria Gratuita: El Estado asume que el campesino no tiene para pagar un abogado de élite. Se crea un cuerpo de defensores públicos especializados que representarán a las comunidades sin costo.

Prueba de Oficio: Esta es la «joya de la corona» técnica. El juez ya no esperará a que el campesino traiga un mapa satelital o un estudio de suelos (que no puede pagar). El juez tiene la obligación de ordenar y financiar esas pruebas con recursos del Tesoro Nacional.

«Función Social y Ecológica»

La ley no solo protege el título de propiedad, sino el uso de la tierra.

Si una extensión de tierra fértil está ociosa o siendo usada para engorde valorativo mientras la comunidad local padece hambre, el Juez Agrario tiene facultades para intervenir.

La ley establece filtros para que la inversión extranjera no incurra en «acaparamiento de tierras» (land grabbing). Cualquier proyecto agroindustrial deberá demostrar que su propiedad es lícita y no proviene de desplazamientos forzados previos, algo que los jueces ordinarios solían pasar por alto.

¿Seguridad Jurídica o Justicia Social?

Gremios y multinacionales temen que la discrecionalidad de los jueces agrarios genere inestabilidad en los títulos de propiedad.

La verdadera seguridad jurídica solo existe cuando la propiedad es legítima. Esta ley no «ataca» la propiedad privada; ataca la propiedad mal habida y el uso ineficiente de la tierra en un país que importa comida pudiendo producirla.

El Gobierno ha proyectado una inversión inicial para 2026 de $2.5 billones de pesos. Este monto se destinará a:

Creación de 50 juzgados agrarios priorizados.

Sistemas de información geográfica (catastro multipropósito) conectados directamente con los despachos judiciales.

Centros de conciliación rural para evitar que conflictos menores (linderos, pasos de agua) lleguen a juicio.

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